ILUMINACION
La ley en vigor prevé que los lugares de trabajo estén iluminados por luz natural directa.
Sin embargo, cabe especificar algunos puntos, para que la utilización de la luz natural sea correcta:
- las ventanas no tienen que estar muy lejos de los lugares de trabajo:
- las paredes de los locales tienen que ser de color claro:
- las superficies de cristal deben mantenerse constantemente limpias;
- las mesas de trabajo tienen que estar colocadas de manera que reciban la luz por la izquierda para evitar que el empleado se ciegue así como la formación de sombras en la mesa de trabajo.
La luz artificial, a no ser que sea en presencia de trabajos especiales, no puede sustituir la luz natural, sólo integrarla.
Tiene que ser adecuada al trabajo desempeñado por intensidad, calidad y distribución.
En donde sea necesario, la iluminación general tiene que ser integrada con una luz especial, considerando que la primera no debe ser nunca inferior a 1/5 de segundo.
Por lo general, para las fuentes de iluminación artificial podemos decir que:
- tienen que ser sometidas a limpieza periódica tanto las lámparas como las superficies reflectoras;
- si se usan tubos fluorescentes, tienen que estar alojados en láminas especiales y protegidos para que no se caigan y para que no vibren;
- es necesario ubicar las lámparas de manera que se evite tanto el cegar como las zonas de sombra;
- las lámparas tienen que estar protegidas contra los contactos directos y la penetración de líquidos:
- es conveniente que la calidad de la iluminación sea tal que el índice de rendimiento cromático (IRC) no sea menor al 85% (del 85% al 100% la calidad es excelente) y que la temperatura de color esté comprendida entre 3800 y 45000 grados Kelvin (en este caso se posee una tonalidad de luz fácilmente armonizable con la natural).
Considerando también las pantallas de los ordenadores, la iluminación no debe ser inferior a 1000 lux.